Integrantes de la LXII Legislatura del Estado de México (EMX) han avanzado en la aprobación de reformas al Código Penal, a fin de establecer castigos severos de hasta 15 años de prisión para quien force, facilite o induzca cualquier tipo de unión marital y/o conyugal o cohabitación con menores de edad, sin fines de lucro o a cambio del pago en efectivo o especie, inclusive si son los padres quienes la llevan a cabo.
Penas de 10 a 15 años de prisión La iniciativa presentada por los diputados Anuar Roberto Azar Figueroa y Pablo Fernández de Cevallos González del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), incluye penas de cinco a diez años de prisión y una penalidad de mil a cuatro mil días de multa.
Sanciones que podrán incrementarse hasta en un 50 por ciento más si el delito implica violencia, si la víctima es menor de edad con discapacidad, o pertenece a una comunidad indígena o afromexicana, pudiendo alcanzar los 15 años de prisión y seis mil días de multa.


