La justicia turca ha sentado un precedente histórico al determinar que la actividad digital dentro de una relación matrimonial puede tener consecuencias legales. En este caso, el tribunal de Kayseri resolvió disolver el matrimonio entre HB y SB, luego de considerar como causa válida el uso reiterado de “me gusta” en publicaciones de otras mujeres.
Thank you for reading this post, don't forget to subscribe!Según los documentos judiciales, HB presentó evidencia de que su esposo pasaba gran parte del tiempo en redes sociales, interactuando con imágenes de mujeres ajenas, incluso durante horas laborales y momentos compartidos en casa. Esta conducta, según la demandante, no era una simple distracción, sino una afrenta pública y constante a la relación.
El tribunal concluyó que estas acciones digitales constituían un “ácido corrosivo” que minaba la seguridad emocional y el equilibrio del vínculo conyugal. Aunque SB intentó defenderse alegando que su esposa sufría de “celopatía digital”, su contrademanda fue desestimada.



